Un pastor evangélico de Mocoretá fue condenado a siete años de prisión por haber abusado sexualmente de una adolescente dentro de un templo, al que convocó a la víctima en horas de la siesta con la excusa de liberarla de un “trabajo” que le habían hecho sobre su ropa interior.
El fallo del Tribunal Oral Penal de Paso de los Libres recayó sobre Ramón Medina (46), quien estaba al frente de una iglesia evangélica que tenía sede sobre la avenida Italia en la localidad atravesada por la ruta nacional 14, en el límite interprovincial entre Corrientes y Entre Ríos.
El hombre fue hallado culpable del delito de abuso sexual simple, agravado por ser ministro de un culto, pese a que por ese entonces no estaba registrado formalmente como pastor.
Según el relato de la víctima, de 16 años, el 6 de mayo de 2020 Medina estaba realizando trabajos de albañilería en su casa cuando ella le comentó que le habían aparecido en el cuerpo algunos rasguños.
El pastor le dijo que le habían hecho un trabajo en su ropa interior y que necesitaba orar por ella. La chica reveló que Medina la convocó para las 13.30 en el templo y le comentó que estaría con su pareja, también pastora.
En su declaración ante la Justicia, la víctima relató lo que pasó al llegar al lugar acordado: “Entro y lo veo solo. Le pregunto por la pastora y me dice que no pudo venir por los nenes. Yo me pongo un poco incómoda, pero al tener la confianza, más allá de pastor lo veía como a un padre, él va y busca el aceite en el púlpito, me dice que me quede en la parte del baño de las mujeres”.
La menor dijo que, en un primer momento, Medina comenzó a orar y colocarle aceite en la frente mientras le pedía que también rezara.
“Después me dice que me saque la remera: ‘te voy a tener que tocar la parte del pecho’. Yo ya sentía un poco rara toda la situación. Me desprende el corpiño, me empieza a pasar aceite en los pechos, me empieza a pasar en la panza y oraba y oraba. Yo lo único que hacía era cerrar los ojos y llorar porque no tenía reacción mi cuerpo”, sostuvo.
En un momento, el pastor la hizo acostar en el piso y le sacó los pantalones mientras seguía untándole aceite en la zona de las piernas y sus zonas íntimas. “Quedé totalmente congelada”, admitió la chica, y añadió que sólo reaccionó cuando el hombre llegó a su zona vaginal.
Sostuvo que comenzó a vestirse mientras lloraba y el pastor le advirtió que no contara lo sucedido porque nadie le iba a creer.
La joven señaló que al salir del templo pensó en quitarse la vida arrojándose bajo un auto. Y que a causa de ese ataque sexual, sufrió depresión, quiso abandonar la escuela y luego se mudó a Chajarí, Entre Ríos, donde tuvo otros dos intentos de suicidio.
Unos días después del abuso, la víctima le reveló lo sucedido a su hermana, que la acompañó a realizar la denuncia ante la Policía. “Ella me comentó que había ido a la iglesia y que Ramón estaba orando y después empezó a manosear, a toquetear y le metió los dedos”, afirmó.
Por su parte, la madre de la chica manifesto que se enteró del hecho a través de la esposa de otro pastor. Y que en una reunión con Medina, éste se mostró sorprendido de que la adolescente haya contado lo sucedido. “Yo le pregunté si era verdad y él dijo que sí, pidió perdón. Lo hizo delante de su esposa”.
La mujer, que es viuda, aseguró que tenía una enorme confianza en Medina, a tal punto que muchas veces lo dejaba solo en su casa mientras ella iba a trabajar.
En su declaración, el pastor negó todo. Sostuvo que la víctima estaba influenciada por su hermana, que pertenece a otra religión. Que nunca convocó a la adolescente al templo y que tampoco utiliza aceites en su tarea pastoral.
Los argumentos de los jueces
En su fallo, a mediados del mes pasado, el tribunal integrado por Marcelo Manuel Pardo (presidente), Marcelo Ramón Fleitas y Agustín Martín Gatti (vocales) sostuvo que “la capacidad de consentir o no de cada víctima se determina en función del contexto en que ocurre el abuso“.
Además, remarcó que había una “relación asimétrica de poder” que condujo “a diversas vulnerabilidades detectadas en lo objetivo (por el vínculo con su agresor, por el influjo espiritual, por el engaño en ‘curar un mal’, por el género e inexperiencia de la abusada), lo que le ha impedido resistir el engaño y la embestida sexual de un pastor que oficiaba en un templo de una iglesia evangélica”.
Pardo sostuvo que el acusado se valió de su condición de “referente espiritual” y del vínculo de confianza generado con la menor y su familia para ejecutar su conducta.
Agregaron los jueces que “lo ocurrido encuentra explicación en el convencimiento operado en la víctima acerca de la necesidad de orar por ‘un trabajo que le habían hecho en su ropa interior’, realidad inexistente en la que la adolescente queda aferrada en función a la confianza y por la manipulación para someterla bajo ese ardid, al designio sexual del imputado”.
Y destacaron que “aun con estricto respeto a las creencias religiosas, emerge ostensible percibir que la conducta que se desvalora devela un contexto alienante para procurar la entrega anímica de la menor en pos de un mentido tratamiento, paragonándose a un ‘charlatán’ ya que embauca a su víctima anunciando una práctica fraudulenta para tratar una imaginada dolencia”.
Los jueces señalaron que “la capacidad para consentir libremente de la adolescente se encontraba severamente afectada frente a esa puesta en escena planificada por quien de manera consciente se aprovechaba de su engaño y dejaba en evidencia el despliegue abusivo que consuma al ‘tocarla’ con sus manos en sus partes íntimas”.
Concluyeron que Medina “logró con la manipulación, una entrega física y mental rayana en la dependencia dominante y acrítica a sus designios, hasta que -al pretender meter aceite dentro de la vagina- la víctima toma conciencia de que lo que sucedía, nada tenía que ver con el ‘orar para curarle un mal’”.