La jueza Julieta Makintach, cuya participación en el documental “Justicia Divina” derivó en la nulidad del juicio por la muerte de Diego Armando Maradona (60), denunció ante la Procuración de la provincia de Buenos Aires a los fiscales del Departamento Judicial de San Isidro que llevan adelante la causa en la que imputan a la magistrada de cinco delitos.

La presentación judicial, realizada por su abogado Darío Saldaño ante el jury de destitución, está dirigida al procurador bonaerense Julio Conte Grand y tiene como eje “formular denuncia penal en contra de quienes resulten responsables como autores, participes o instigadores por la presunta comisión de los delitos de falsedad ideológica de instrumento público, abuso de autoridad y ocultamiento y eventual inutilización de medios de prueba, en el marco de las actuaciones labradas el día 27 de mayo de 2025 en este Departamento Judicial de San Isidro”.

El escrito hace referencia a una declaración testimonial incorporada en la causa que Makintach está imputada de los delitos de cohecho pasivo, violación de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad, malversación de caudales públicos y peculado de servicios.

La declaración indica que “el 27 de abril se confeccionó un escrito con apariencia de acta judicial, cuyo tenor refiere a la exhibición de un video en formato de tráiler de un supuesto documental sobre el ‘juicio de Maradona´” y que fue aportado por la doctora Marina Rodríguez, funcionaria de la Defensoría de Juicio ante los Juzgados Correccionales de la justicia sanisidrense “desde su teléfono celular y anexado por link de Google Drive en trámite separado”.

La magistrada denunció manipulación y ocultamiento de pruebas. Foto: Juano Tesone-

Esta medida de prueba, según la defensa, estuvo restringida a las partes por tres meses y agregó que nunca se le tomó declaración testimonial a la funcionaria, por lo que “se privó a las partes de control de legalidad”.

Otro punto que denuncia de la jueza es que Rodríguez incorpora la declaración de la médica esteticista de la magistrada, María Eva Pereyra. La profesional de la salud negó conocer a la funcionaria judicial -según la reciente presentación- y haberle pasado el tráiler del documental “Justicia Divina”.

A modo de conclusión, Makintach sostuvo que hubo manipulación de evidencia, ocultamiento de pruebas y omisión de información por parte de los responsables de la causa, los fiscales Carolina Asprella, Cecilia Chaieb y José Amallo.

“La jueza Makintach nunca tuvo una denuncia ni una recusación. Llegó el juicio de Maradona y de repente es la protagonista de un escándalo luego de 27 años de trayectoria, con sentencias confirmadas en todas las ocasiones”, dijo a Clarín una persona allegada a la magistrada, en su defensa.

A su vez, las fuentes judiciales consultadas explicaron a este diario que la denuncia de la jueza ya fue remitida por la Procuración al Departamento Judicial San Isidro, donde se sorteará la Fiscalía que se hará cargo de la misma.

El contragolpe del abogado de Dalma y Giannina

Ante esta denuncia, Fernando Burlando, abogado de Dalma y Giannina Maradona, solicitó de manera urgente la prohibición de contacto por parte de la jueza Makintach con tres testigos: dos policías y su médica esteticista.

Burlando junto Gianinna y Dalma en el juicio por la muerte de Maradona. Foto: Guillermo Rodríguez Adami. Burlando junto Gianinna y Dalma en el juicio por la muerte de Maradona. Foto: Guillermo Rodríguez Adami.

Este pedido puntual alcanza a la sargento Malen Itatí Romero, custodia del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 2 de San Isidro y quien declaró que recibió mensajes de la jueza en los que esta le ordenó el ingreso a tres personas para que tomaran imágenes durante la primera jornada del debate y que luego denunció hostigamiento por parte de Makintach.

La otra policía a la que hace referencia el pedido del abogado es la sargento Daniela Barrionuevo, del TOC N°3 -a cargo del debate por la muerte del Diez- a quien la magistrada le envió un mensaje de WhatsApp donde pedía que “no se meta” con su gente y los deje grabar.

Mientras que la tercera persona alcanzada es la médica esteticista Pereyra, quien “reconoció que el 12 de marzo recibió de Makintach una foto del tribunal y el video ‘tráiler’ del documental, que fue luego incorporado a la causa”, señaló el escrito.

“Resulta necesario extremar las medidas de protección a fin de evitar cualquier tipo de interferencia en los testimonios o en la producción de la prueba”, afirman el abogado Burlando y su colega, Fabián Amendola.

Burlando también pidió que secuestre la computadora utilizada por Makintach en el TOC N° 2, el que integraba hasta el momento de su suspensión por la Suprema Corte bonaerense.

La respuesta de uno de los fiscales

Cosme Iribarren, uno de los fiscales generales adjuntos de San Isidro junto a Patricio Ferrari, realizó una dura presentación en la que defendió la actuación del Ministerio Público desde el 25 de noviembre de 2020, fecha de la muerte de Maradona.

Uno de los puntos que menciona el fiscal Iribarren es el cambio de presidencia del TOC N° 3 en medio del debate, cuando el juez Maximiliano Savarino dejó su lugar de titular a Makintach, quien subrogaba y ejercía el rol de vocal.

De esa situación surgió por parte del abogado Julio Rivas, defensor del neurocirujano Leopoldo Luque, la información sobre la supuesta grabación de un documental, lo que derivó en el pedido de identificación de dos personas que estaban entre el público.

Finalmente se identificaron y con el correr de la causa que se tramita en la Fiscalía N° 1 de San Isidro se estableció que eran dos personas vinculadas a la jueza Makintach: una amiga de la infancia que le llevó la idea de un documental y un famoso publicista y guionista con contactos con productoras.

Patricio Ferrari, uno de los fiscales generales adjunto de San Isidro. Foto. Guillermo Rodríguez Adami. Patricio Ferrari, uno de los fiscales generales adjunto de San Isidro. Foto. Guillermo Rodríguez Adami.

En otro tramo de su presentación, Iribarren afirmó que las pruebas adquiridas durante la instrucción de la causa -y que siguen tramitándose- se dieron a conocer durante una de las audiencias del juicio, previo a que se dictara su nulidad, y en la que se difundieron las imágenes de la primera audiencia donde aparecen tres personas vinculadas a la jueza.

“Lo que seguro olvidó Makintach en esa oportunidad fue decir que efectivamente a dichas personas las conocía y que minutos antes del iniciarse el juicio el 11 de marzo habían estado con ella en su despacho e incluso filmando sus pasos por los pasillos del edificio, y asimismo que dos de ellos -una, su amiga desde la infancia- también había estado con ella el domingo 9 de marzo filmando en el set que montó en el palacio de justicia”, señaló el fiscal general adjunto.

Para Iribarren esas imágenes mostraban a Makintach “desfilando” por el edificio “en un día inhábil”.

Luego de conocerse las primeras imágenes del tráiler -también traducido al inglés- y el guion con los primeros seis capítulos, todas las partes coincidieron en recusar a la jueza, quien decidió apartarse.

Respecto a la causa que tramitan sus colegas, Iribarren destacó que los fiscales a cargo del expediente siempre se caracterizaron “en principios de objetividad con el correspondiente control de legalidad de los actos, obrando con buena fe procesal y respetando las obligaciones de transmitir al resto de las partes las resultas del proceso”.

in embargo, la defensa de Makintach solicitó la tarde de este martes al Juzgado de Garantías N° 2 de San Isidro que se declare “el desglose y la inoficiosidad” del escrito de Iribarren por “carecer de toda legitimación procesal” dado que el fiscal no reviste “calidad de parte” en la causa y por “haber accedido —indebidamente— a información que no le correspondía”.

“Si bien el escrito intenta justificar su conocimiento de los hechos en una nota publicada en el diario Página/12, lo cierto es que contiene afirmaciones y referencias a extremos fácticos que no surgen de dicha publicación. Ello permite inferir que el fiscal Iribarren accedió —de manera indebida e irregular— al contenido de la IPP (Instrucción Penal Preparatoria), cuya consulta y manejo le está vedada en tanto no es sujeto procesal de la misma”, argumentaron.



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