La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) adecua el sistema de cómo tramitar la devolución de percepciones del 30% por la compra de dólar oficial y de los gastos en moneda extranjera (conocido como dólar solidario o tarjeta). Es para los gastos realizados durante 2024. La noticia se conoce a cuatro días del fin del impuesto PAIS y justo con la confirmación de que este mismo no tendrá reemplazo y que la retención de Ganancias y Bienes Personales se mantendrá sin cambios.

La oficialización de la iniciativa se conoció este jueves a través de la Resolución General N° 5617/24, publicada en el Boletín Oficial. En su texto, el organismo aclara que el régimen de percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para las operaciones de compra de moneda extranjera continúa vigente en los mismos términos establecidos a través de la sustituida RG 4815/2020.

Además, desde la ARCA aclaran que avanzan en reintegrar las percepciones hasta 2023 inclusive, correspondientes a la Resolución General N° 4815/2020, aplicadas sobre operaciones en moneda extranjera. El proceso se realiza en forma escalonada y prevé completar el total de devoluciones en marzo 2025.

Según informó la ex AFIP, hasta el momento, se reintegró ese 30% a 135.000 CUITs por un total de $ 60.000 millones.

Esos adelantos, a cuenta del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales, alcanzan a la compra del dólar oficial; compra de bienes o servicios vía tarjeta de crédito o débito en el exterior. También, servicios de streaming como Netflix o Spotify.

La ARCA informó como tramitar la devolución de las percepciones por la compra de dólar oficial o gastos con tarjeta en el exterior. Cómo es el paso a paso:

Personas humanas o jurídicas, sucesiones indivisas y demás responsables que sean residentes en el país y/o efectúen alguna de las operaciones señaladas en el artículo 1° de la norma, que incluyen la compra de divisas, pago de bienes y servicios en el exterior, gastos en turismo y pasajes al exterior, entre otras.

Dólar tarjeta: ¿Qué operaciones se encuentran excluidas por el nuevo régimen?



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